La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión del Tribunal Pleno, al analizar la propuesta de sustitución de la jurisprudencia 2/2020, concluyó que el Congreso de la Unión tiene libertad configurativa para establecer el régimen laboral de los organismos descentralizados de carácter federal -Apartado A o Apartado B del artículo 123 de la Constitución General-, motivo por el cual, no debe tomarse como base para su determinación, la naturaleza de las funciones que desarrollan.