Corte niega amparo a empresa privada para explotar litio
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Corte niega amparo a empresa privada para explotar litio

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le negó un amparo a la empresa Exploraciones del Altiplano para la explotación de litio, por lo que validó la constitucionalidad de la reforma a las leyes Minera, de Aguas Nacionales, de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, y para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de concesiones para minería y agua, promulgada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de mayo de 2023.

La Suprema Corte consideró que todas las concesiones mineras estarán sujetas a un concurso público para garantizar al Estado las mejores condiciones económicas del país y de beneficio a la población.

Según el proyecto de sentencia del ministro presidente de la Segunda Sala, Alberto Pérez Dayán, anteriormente no existía un concurso para determinar si se le daba o no la concesión minera a un particular, de modo que se le entregaba al primer solicitante siempre y cuando cumpliera con los requisitos establecidos.

“Antes de la reforma reclamada por Exploraciones del Altiplano, la ley preveía que la concesión se otorgaría sobre el terreno libre al primer solicitante en tiempo que cumpliera los requisitos establecidos en dicha norma y su reglamento, esto es, no exigía un concurso de licitación pública como requisito para dar permisos mineros, sino que éstos se otorgaban al primer solicitante que cumpliera los requerimientos respectivos”, explicó el ministro.

Igualmente, añadió que las concesiones de exploración y explotación expedidas antes de la entrada en vigor de la reforma minera “tendrán la duración prevista en el título respectivo”.

Exploraciones del Altiplano se quejó de las medidas tomadas por el Congreso de la Unión sobre la explotación del litio por parte de grupos privados, pero la SCJN consideró que no se puede otorgar el amparo debido a que la reforma ya está en la Constitución.

Abraham Pensamiento

7 de marzo de 2025