CIRT e IDET rechazaron monitoreo de INE; pero Constitución ampara resolutivo
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CIRT e IDET rechazaron monitoreo de INE; pero Constitución ampara resolutivo

Una semana después de que el Instituto Nacional Electoral (INE) anunciara que realizaría monitoreos a las secciones de opinión y análisis de noticiarios durante el proceso electoral 2023-2024, las empresas afiliadas a la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT) y analistas afines a los intereses empresariales agrupados en el Instituto de Derecho de las Telecomunicaciones (IDET), protestaron en contra de aquel resolutivo del árbitro electoral.

Desde 2008, el INE realiza monitoreo a los noticiarios de radio y televisión, donde se mide el tiempo otorgado a cada candidato o partido, aunque no se registraba si esas coberturas informativas eran positivas o negativas. Pero ahora para el proceso electoral federal 2023-2024, sí se compararán esas coberturas.

Pero no sólo eso. Por decisión unánime de los consejeros electorales, en sesión del 7 de julio, se decidió que ese monitoreo, se aplicará a 59 noticiarios de mayor audiencia, a diez programas más de espectáculos o de revista y a otros cuatro de debate y opinión. 

Programa HOY

La valoración positiva o negativa para informativos, programas de espectáculos, revista o de debate prendieron las alarmas entre los consorcios y empresas privadas de la radiodifusión, porque entre los empresarios de la información y el entretenimiento, es común vender menciones, entrevistas o datos a favor o en contra de aspirantes a cargos de representación popular. Ahora con aquel  monitoreo podrán aflorar, la compraventa de lo que salga a favor o en contra de algún candidato o partido político.

Esa forma de comercialización o modelo de negocios, esta prohibido en la Constitución en su artículo sexto, fracción B, inciso IV: “Se prohíbe la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa; se establecerán las condiciones que deben regir los contenidos y la contratación de los servicios para su transmisión al público, incluidas aquellas relativas a la responsabilidad de los concesionarios respecto de la información transmitida por cuenta de terceros, sin afectar la libertad de expresión y de difusión”.

La respuesta del empresariado agrupado en la CIRT a lo resuelto por el INE, no se dejó esperar. El incluir las valoraciones positivas o negativas en los monitoreos en programas informativos, análisis, revista o de debate, fue considerado por los concesionarios privados como afectaciones “a la libertad de expresión y del derecho de la ciudadanía al acceso a la información plural y oportuna”.

Programa Expreso en la mañana

Con ese argumento, los empresarios del ramo, se quejaron ante la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), donde solicitaron revocar el acuerdo del INE para que se excluyan del monitoreo, los géneros recién incluidos.

Pero el cuestionamiento a la presunta afectación o violaciones a la libertad de expresión dentro de la programación de las empresas de la radiodifusión, es en realidad una cuartada. La protesta del empresariado, se origina porque aquel monitoreo afectará parte del modelo de negocios del empresariado, aplicado regularmente durante su programación informativa o de opinión principalmente, pero no sólo, en coyunturas electorales.

Es común que durante sus contenidos, empresas y conductores incluyan menciones entrevistas o reportajes favorables para algún candidato, político o funcionario, presentándolas como opiniones producto de la libertad de expresión, pero en los hechos es un intercambio informativo-económico. Es decir, esos comentarios favorables son transmitidos como información, cuando en realidad son propaganda, lo cual está prohibido también en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en esta última en el artículo 238.

Programa Ventaneando

La CIRT, en su queja dijo mucho más: “Esa medida vulnera el derecho de nuestros agremiados para difundir opiniones y desarrollar su labor periodística, así como los derechos de las audiencias para acceder y recibir contenidos que reflejen el pluralismo ideológico, político, social, cultural y lingüístico de la nación”.

Quien también protestó por la decisión unánime de los consejeros del INE al acordar medir la calidad de la información y de opinión como positiva o negativa, fue el Instituto de Derecho de las Telecomunicaciones (IDET), que en un comunicado lamentó el anuncio del Instituto Nacional Electoral, respaldando a la CIRT.

En ese comunicado con tono alarmista, el IDET deploró la decisión del INE que “determinó monitorear y sancionar a cientos de medios de comunicación, incluidos artículos y programas de opinión, de cara al proceso electoral de 20242. En la historia democrática de este país nunca había ocurrido que se vigilen y evalúen programas de opinión”. Y, fue más allá al advertir que “si bien es cierto que desde hace 15 años existe el “modelo” de monitoreo de notas informativas, hacerlo en los programas de opinión “significa un ataque a la libertad de expresión”.

“Con la decisión tomada por el INE, los programas de opinión –en sus versiones de análisis político, de deporte y hasta los de espectáculos- van a ser sujetos a evaluación y a consideraciones sobre si sus comentaristas, especialistas o personas que emiten opinión hablan en forma ‘positiva’ o ‘negativa’ de los candidatos presidenciales o de sus partidos”, detalló.

Programa Gabriel Poza en Fórmula

Para el IDET aquella ampliación del monitoreo genera “un despropósito al someter a quienes opinan en los medios electrónicos a un subjetivo ejercicio de apreciación”. Según ese grupo, la calificación de positivo o negativo del monitoreo por realizar “coloca tanto a medios de comunicación como a sus trabajadores en situación de riesgo por hostigamiento”.

El 7 de julio, en su cuenta de Twitter, el INE informó: El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad la metodología y el catálogo de programas de Radio y Televisión que difunden noticias, así como los requerimientos técnicos que deberán atender el INE y la institución de educación superior participante en el monitoreo y análisis del contenido de las transmisiones durante las precampañas y campañas del Proceso Electoral Federal (PEF) 2023-2024.

Durante la sesión de aquel día, el Consejero Martín Faz Mora, presidente del Comité de Radio y Televisión, afirmó que la observación de medios que el INE realizará durante las precampañas y campañas “constituirá un instrumento de gran utilidad y enorme valía para garantizar el derecho a la información de las y los ciudadanos, en el contexto de la disputa por el poder político en nuestro país, como ha ocurrido con los anteriores ejercicios”, de acuerdo con el contenido de un boletín del mismo Instituto Nacional Electoral.

El mismo comunicado Faz Mora agregó: el monitoreo “no sanciona conducta alguna ni obliga a actuar o conducirse en un sentido o en otro, simplemente toma una fotografía de la forma en que los medios realizan la cobertura de las precampañas y las campañas, es decir, este ejercicio “se convierte en un mecanismo que favorece la pluralidad”.

La integración del catálogo de programas de radio y televisión que difunden noticias, que se usará en el periodo de precampañas del PEF 2023-2024, considera 59 noticiarios de mayor audiencia, 10 programas de espectáculos o de revista y cuatro programas de debate y opinión, para un total de 73.

Programa Martha Debayle

Para el catálogo de monitoreo de las campañas, se incluyen 489 noticiarios de mayor audiencia, 10 programas de espectáculos o de revista y cuatro de debate, opinión y análisis, para un total de 503 programas en los 32 estados de la República, detalló el Consejero Faz.

Según el IDET, los programas de opinión y de entretenimiento susceptibles de ser monitoreados y determinar si fueron positivos o negativos en sus contenidos  podrían ser: Primer Plano (Canal Once); Tercer Grado (Canal 2, Las Estrellas); Es la Hora de Opinar (Canal 4, Foro Tv); Debate Público (Canal 14). Además, Hoy, Cuéntamelo Ya, Expreso de la Mañana, Venga la Alegría, Ventaneando (Tv Azteca); Martha Debayle (W); Javier Poza (Fórmula); La Taquilla con René Franco; La Corneta, con Eduardo Videgaray; y José R. Sancristóbal y Sanik (Fórmula).  

Programa Primer Plano

El desenlace acerca de esa polémica decisión, pero decisivo paso del INE para acotar la compra venta de propaganda transmitida como información por las empresas de la información y el entretenimiento, dependerá de lo que resuelva el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Por lo pronto, el INE ya tomó una decisión amparada en el artículo sexto constitucional y en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Redacción

24 de agosto de 2023