Carlos Padilla Rios

Corresponde al Estado justificar la temporalidad del nombramiento de los trabajadores a su servicio
Justicia

Corresponde al Estado justificar la temporalidad del nombramiento de los trabajadores a su servicio

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por conducto de su Segunda Sala, determinó que el Estado, en su carácter de empleador equiparado, está obligado a justificar el otorgamiento de nombramientos temporales los cuales sólo podrán celebrarse cuando así lo exija la naturaleza del trabajo, tengan por objeto cubrir a otro empleado o bien el cumplimiento de una obra determinada.

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