Los lineamientos de los derechos de las audiencias y su contribución a la democracia
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Los lineamientos de los derechos de las audiencias y su contribución a la democracia

Lenin Martell Gámez*

El debate sobre los derechos de las audiencias abre un nuevo capítulo en nuestro país. El pasado 27 de julio, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) convocó a una consulta pública para pedir la retroalimentación de los ciudadanos sobre los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias.

Como parte de su difusión, la consulta se anunció en la conferencia matutina de la presidenta, Claudia Sheimbaum Pardo. De inmediato, las redes y plataformas mediáticas se inundaron de información acerca del tema con respaldos y cuestionamientos. Días antes, el pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones hizo lo propio, invitando a sectores interesados y público en general a participar en tan relevante tema.

En dicha polémica se han abierto dos frentes principales: un sector apoya la idea de que los lineamientos fortalecerán el derecho de los ciudadanos a la información (Artículo 6 y 7 constitucional), mientras que un segundo grupo sostiene que representan un mecanismo de censura.

Los lineamientos forman parte de un proceso jurídico que emana de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LMTR) promulgada el 16 de julio de 2025. Son parte del proceso jurídico que busca actualizar y reorganizar el sistema comunicativo en México en el siglo XXI. Su objetivo es ser una guía jurídica para los concesionarios y audiencias sobre cómo se tienen que poner en práctica los artículos propuestos en la LMTR.

Los lineamientos fueron elaborados por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), la cual es un órgano administrativo desconcentrado de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones. La CRT tiene como misión “garantizar el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones y la radiodifusión”.

Llegar hasta el punto de esta consulta ha significado un amplio recorrido histórico. Anterior a la ley de 2025, la mayoría de los medios de comunicación corporativos se habían regido por los intereses de sus dueños, olvidando su responsabilidad para también transmitir programación de interés social. Por su parte, medios estatales respondían a los mandatos de los gobernadores en turno y no al interés público.

No había una ley actualizada que les pusiera límites a su ejercicio de poder, lo cual todavía se refleja en sus políticas editoriales dirigidas a sus audiencias: baja calidad, desinformación, mentiras y desapego a temas con problemática social. Salvo excepciones, los medios se basan en la autorregulación que casi nunca atienden pero que está sujeta a sus intereses de mercado y hasta políticos. Buscan el mayor lucro e incrementar ratings, que no contribuyen a fortalecer valores sociales, como la justicia y equidad social.

Aquella ausencia legislativa, sucedió en el primer cuarto de siglo, en un contexto donde la sociedad en su conjunto experimentaba cambios vertiginosos y algunos sectores sociales demandaban información que les ayudara a responder preguntas complejas relacionadas con asuntos como seguridad, salud, sexualidad, entre otros.

Entonces, era necesario que el Estado fijara postura sobre la manera como los mexicanos nos íbamos a comunicar en este siglo; para ello, tenía que reorganizar el sistema comunicativo en México, y actualizar la ley de radiodifusión (1960-1969) era fundamental. El Estado mexicano ya había logrado actualizar sistemas como el jurídico, educativo y laboral a través de reformas estructurales, pero faltaban otros como el comunicativo, el cual era necesario para que los ciudadanos pudieran ejercer el derecho a la información.

Desde las últimas décadas del siglo pasado, algunos sectores de la sociedad civil (representados por algunos periodistas, académicos, representantes de ONG’s) habían articulado un debate sobre la necesidad de contar con un sistema comunicativo más equitativo, pero sus propuestas siempre eran obstaculizadas o congeladas por intereses políticos, en colusión con el empresariado mediático por lo que en numerosas veces, no cristalizaron en reformas legislativas.

En este siglo, dicho debate se intensificó. Las demandas sobre reformar el sistema comunicativo se hicieron más contundentes; especialmente, en torno a la democratización de los medios de comunicación, a la necesidad de contar con el derecho de réplica, a otorgar la naturaleza jurídica a los medios públicos, a proteger los derechos de las audiencias, incluidas las infancias, las personas con discapacidad y sectores minoritarios.

En junio de 2013, como parte de 11 reformas estructurales propuestas, el gobierno de Enrique Peña Nieto llevó a cabo la reforma en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión; en ella se habló por primera vez del reconocimiento de los derechos de las audiencias. El debate ciudadano iniciado décadas atrás había surtido efecto.

Un año más tarde, en julio de 2014, se promulgó la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), la cual describía de manera específica cuáles eran los derechos de las audiencias. En sus artículos, se estableció que las audiencias debían recibir información veraz y oportuna, plural y diversa; estableció los mecanismos para diferenciar entre información y opinión, publicidad e información, y los mecanismos para ejercer el derecho de réplica.

La ley también era novedosa porque exigía a los concesionarios contar con un defensor de las audiencias (figura nueva perteneciente a la sociedad civil) y la elaboración de un código de ética. El extinto Instituto Federal de Telecomunicaciones se encargaría de vigilar este proceso.

Desde un principio, los nuevos derechos de las audiencias (principalmente los que exigían establecer la distinción entre información y opinión, y publicidad e información) causaron revuelo entre los concesionarios privados, sobre todo para aquellos pertenecientes a la Cámara de la Industria de la Radio y Televisión (CIRT).

Para ellos, significaba limitar los abusos que acostumbraban a realizar en sus trasmisiones, porque tendrían que comunicarse de distinta manera con sus audiencias. La CIRT orquestó un fuerte cabildeo en el congreso a través de algunos representantes de la llamada Telebancada.

No obstante, el descontento, en diciembre de 2016, el IFT publicó los lineamientos que protegían los derechos de las audiencias, delineaban la creación de los códigos de ética y las atribuciones para los defensores de las audiencias. A principios de 2017, la presión de la industria fue tan efectiva que el Ejecutivo federal y el Senado presentaron controversias constitucionales ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). A finales del mismo año, se publicó una contrarreforma que suprimía y modificaba algunos de los artículos de los lineamientos; asimismo, le restaba facultades al IFT.

Sin embargo, también hubo presión por parte de activistas representantes de la sociedad civil, quienes interpusieron amparo ante la SCJN en diciembre de 2017. Cinco años más tarde, en el 2022, la SCJN emitía una nueva resolución: invalidaba la contrarreforma por violaciones al debido proceso legislativo, y ordenaba reestablecer los derechos de las audiencias.

Aunque esta significaba una buena noticia para algunos concesionarios (como medios públicos, universitarios y comunitarios) y ciudadanos interesados en hacer respetar los derechos de las audiencias, había confusión –entre algunos medios– en cuanto a cómo proceder para ejercer los lineamientos y para nombrar al defensor de las audiencias.

Aun así, poco a poco, los medios públicos estatales y federales, así como las concesiones de uso social y comunitarias, fueron poniendo en práctica los lineamientos de las audiencias en sus actividades cotidianas de programación.

El 16 de julio de 2025, los mexicanos amanecimos con la publicación de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LMTR), la cual invalidaba la LFTR de 2014. El IFT desaparecía; sus funciones serían reemplazadas por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, y la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones.

Esta segunda instancia, se encargaría de elaborar los lineamientos de las audiencias y supervisar su operación y cumplimiento por parte de los concesionarios. De esta manera, el 27 de julio de 2026, la CRT abrió la consulta ciudadana sobre los lineamientos de las audiencias previo a la publicación de estos.

Era de suponerse que los concesionarios de los medios corporativos, sobre todo Televisión Azteca y Televisa, no estarían de acuerdo con estos lineamientos por las razones anteriormente expuestas, donde insisten en soslayar los intereses de sus audiencias y obstaculizar la consolidación de normas que garanticen el ejercicio de los derechos de las audiencias.

En primer lugar, los lineamientos promueven los siguientes derechos en el Artículo 8: “recibir información veraz, plural y oportuna”; exigen que la “publicidad o propaganda no se presente como información periodística o noticiosa”, y que los concesionarios “faciliten elementos para diferenciar entre la información noticiosa que difundan en sus contenidos y la opinión de las personas que participan en estos, especialmente en los programas de carácter noticioso”.

Con los nuevos lineamientos, los concesionarios tendrán que reorganizar la manera en la que se comunican con sus audiencias. Por casi un siglo, el Estado mexicano había dejado a los medios corporativos la posibilidad de erigir un modelo de comunicación que favorecía a intereses privados. Se trataba de un modelo que fue muy rentable económica y políticamente para algunos concesionarios, el cual se materializaba en narrativas programáticas, en donde se discriminaba a algunos sectores de las audiencias, sobre todo los más desfavorecidos, y se representaba a la sociedad mexicana de acuerdo con una estrecha visión del mundo.

Este sector mediático, el cual pertenece a grupos conservadores de la sociedad, se ha sumado al debate; defienden la idea de que los lineamientos favorecen la censura. Por el contrario, otros sistemas de medios (como aquellos públicos y de uso social) y ciudadanos afirman que se trata de un ejercicio democrático, el cual sentará las bases para ampliar la conversación en la vida pública.

La consulta se cerrará el próximo 21 de agosto y la CRT incorporará las propuestas de los ciudadanos. Sin embargo, muy probablemente el debate al respecto se intensificará.

Lo cierto es que los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias forman parte de un ejercicio democrático que pretende poner fin a un modelo comunicativo autoritario que ha favorecido a los grandes medios corporativos. Se trata de recuperar la autonomía del Estado mexicano frente a los poderes fácticos que representan estos medios.

*Doctor en Comunicación, Defensor de las Audiencias del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano y catedrático en la Universidad Autónoma del Estado de México.

5 de agosto de 2026