Los ministros de la Segunda Sala de la Suprema Corte determinaron en la sesión de este miércoles que la revisión del amparo 2497/2018, promovido por Grupo Elektra, era improcedente por considerar que no cumplía con los requisitos de interés y trascendencia para revisar el fallo de un tribunal federal, ya que los argumentos de la empresa quejosa no incluían cuestionamientos a la constitucionalidad de una norma federal.