- Ambas cámaras del Congreso de la Unión debieron expedirlo antes de marzo de 2018.
- La falta de acatamiento de una resolución de la SCJN demerita a la calidad de la justicia a la que aspiró el Poder Constituyente: Beatriz García Villegas.
Toluca de Lerdo, México, 25 de octubre de 2022- La Legislatura mexiquense solicitó por unanimidad a la Cámara de Diputados y al Senado de la República expedir el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares con la finalidad de garantizar y optimizar el acceso a una tutela jurisdiccional efectiva, así como el ejercicio de otros derechos sustantivos de la ciudadanía mexiquense.
En sesión deliberante, la diputada Beatriz García Villegas (Morena), quien impulso el acuerdo, indicó que, en cumplimiento a lo ordenado por la ejecutoria de amparo dictada y confirmada por los Tribunales de la Federación, ambas cámaras del Congreso de la Unión debieron de haberlo emitido a más tardar en marzo de 2018 y no lo han hecho hasta el momento.
El citado Código deriva de la reforma constitucional de 2017 en materia de justicia cotidiana, que mandata, entre otros fines, eliminar procesos o reglas excesivas e innecesarias que impidan un correcto acceso a esta justicia, a partir de la uniformidad de la normativa procesal civil y familiar para evitar los incentivos perversos de múltiples legislaciones procesales.
Dicha reforma ordenaba al Congreso de la Unión expedir el nuevo Código a más tardar en mazo de 2018, lo que no ha hecho “propiciando la restricción y obstaculización del ejercicio del derecho de acceso a una tutela jurisdiccional efectiva, ya que dicha norma adjetiva es el único instrumento normativo rector de los procesos tramitados ante los órganos jurisdiccionales”.
Detalla el punto de acuerdo que la Primera Sala de la Suprema Corte, en la revisión del Amparo bajo el expediente 265/2020 determinó que la falta de acatamiento de tal disposición no es una mera transgresión a la legalidad constitucional, sino un demérito a la calidad de la justicia a la que aspiró el Poder Constituyente.