La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó un recurso con el que TV Azteca, propiedad del megadeudor fiscal Ricardo Salinas Pliego, intentaba obtener la exclusividad del uso del término “azteca” para fines de difusión periodística en medios digitales.
Y es que TV Azteca ya había solicitado al Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) la “reserva de derechos” sobre el vocablo “azteca” con fines de difusión, pero la petición fue negada.
El rechazo fue confirmado por la sala de propiedad intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) al resolver un juicio de nulidad.
Ante ello, la televisora promovió un amparo directo, alegando una interpretación incorrecta del artículo 188 de la Ley Federal del Derecho de Autor. El amparo fue rechazado por un tribunal colegiado del Primer Circuito.
El pasado 27 de noviembre, TV Azteca presentó un recurso de revisión ante la SCJN. Sin embargo, el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, lo desechó el pasado fin de semana al considerar que la petición no planteaba ninguna cuestión constitucional, sino que sólo discutía la legalidad, lo que impide su análisis en esa instancia.
La SCJN determinó que “azteca” es un gentilicio —una palabra que describe origen o procedencia—, y por tanto no puede ser apropiada de forma exclusiva por una empresa.
El fallo de la Corte marca un revés judicial importante para Salinas Pliego y su proyecto por monopolizar una palabra de uso genérico. Si bien “azteca” no apuntaba sólo al pasado prehispánico, su carácter de gentilicio implica que pertenece al dominio público del lenguaje: una decisión de fondo que despeja el camino para usos abiertos.
Además, confirma que los tribunales y autoridades de derechos de autor no pueden otorgar exclusividades sobre términos que representan patrimonio cultural, identitario o lingüístico colectivo.
Redacción





