María del Pilar Schiaffini Hernández*
Universitarios de la UNAM, apoyados con la técnica legislativa de asesores de una diputada indígena, presentarán una propuesta de reforma a la Ley Orgánica de la UNAM. Esta ley, emitida desde 1945, no ha sido modificada a pesar de que no responde a las múltiples problemáticas que enfrenta la máxima casa de estudios y la realidad contemporánea. Y no es que nadie se haya dado cuenta de la anacronía de dicha Ley; en 1999 el diputado de izquierda partidaria y académico de la UNAM, Pablo Gómez, presentó una propuesta que planteaba una mínima democratización de los órganos de gobierno. Dos décadas después, también desde la izquierda, el diputado Miguel Ángel Jauregui hizo lo propio, al igual que el año pasado el legislador de Morena, Armando Contreras.
Lo básico de todas las propuestas de modificación es revertir la antidemocracia en la UNAM, cuya estructura burocrática arrastra un conservadurismo más que decimonónico. Sus raíces provienen de la Real y Pontificia Universidad, clausurada con la independencia, pero puesta en marcha al inicio del siglo XX; heredando la tradición conservadora y la aspiración de autonomía institucional, por lo cual en 1929, respondiendo a la presión política de grupos de intelectuales orgánicos del Porfiriato dentro de la institución, se le reconoció a la Universidad la facultad de autogobernarse, y en 1945 se emitió su Ley orgánica, con el desacuerdo del sector estudiantil, que un año antes había padecido la muerte de uno de sus compañeros durante las movilizaciones en aras de la autonomía universitaria.
En esa Ley Orgánica de hace casi 80 años se expresa una visión liberal decimonónica, grupuscular y endogámica al instituirse desde entonces una Junta de Gobierno conformada por solo 15 académicos que nombran al Rector y designan a los directores de las dependencias entre las ternas propuestas por el mismo Rector. Sostiene un Consejo Universitario con sólo funciones técnicas y de nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno, a propuesta de la terna presentada también por el Rector, quien veta acuerdos del Consejo que no sean de carácter técnico, pues existe un Patronato, responsable de administrar el patrimonio de la UNAM, resultando toda esta trama burocrática en el ya histórico predominio de tendencias autoritarias y antidemocráticas en la toma de decisiones en la institución.
La legislación de 1945 emergió de un periodo interno conflictivo, donde se fortalecieron y guarnecieron algunos de los sectores más conservadores del status quo mexicano, arraigándose al paso de las décadas, y ventilándose sus diferencias internas solo al ocurrir periodos de movilización política de los sectores que no pertenecen a la élite administrativa académica de la institución.
Así es como la Ley Orgánica es origen y elemento sustancial de los conflictos internos en la UNAM; todos los movimientos estudiantiles han demandado su abrogación o reforma por antidemocrática y vertical, mientras que los conflictos laborales con su personal académico, regido por estatutos especiales -para algunos anticonstitucionales- en pleno siglo XXI revelan los aspectos más anacrónicos y retardatarios de un modelo de autonomía impuesto desde las esferas de poderes fácticos que persisten en la nación.
Los sectores más progresistas de la UNAM opinan que no se puede hablar de cambios en nuestro país si no se ven reflejados en las universidades; de igual manera, un cambio democrático en la universidad será un catalizador de una transformación democrática en la sociedad. Mantener una Ley orgánica que arroja a la juventud al ostracismo de manera intencional para evitar se involucre en la vida cívica implica hacer de las universidades centros de capacitación para el trabajo sin posibilidad de resolver los grandes problemas nacionales porque simplemente no se involucra en ellos, distanciándose. Elegir autoridades en las universidades implicaría un paso adelante en la cultura democrática y en la conciencia de la participación ciudadana.
En ese sentido, el modelo de autonomía permitido a la UNAM ha creado un entramado de diques y obstáculos a la participación de los estudiantes -razón primigenia de la existencia institucional- desmotivando dicha expresión, mientras que para el sector académico ha diseñado también un régimen de indefensión que mantiene a la gran mayoría sin derechos laborales plenos y que los recursos dirigidos hacia tal sector sean distribuidos en niveles de inequidad irracionales y tan injustos que rayan en la ilicitud
Asimismo, se debería incorporar a la Ley Orgánica lo relativo a las modificaciones al artículo 3º constitucional, desarrollando lo que significa su carácter público, haciendo énfasis en la educación como un derecho y no como un servicio, así como añadir la gratuidad plena establecida en dicho artículo.
Del mismo modo, se pueden aunar las responsabilidades de transparencia y gestión democrática del presupuesto universitario y hacer énfasis en la forma en que se pondrá especial atención en los jóvenes provenientes de las clases populares, garantizando que ningún estudiante abandone sus estudios por motivos económicos.
La transición a la democracia en las universidades, y en este caso la UNAM, implica la instauración de mecanismos de participación incluyentes, por lo que debe hacerse explícito el reconocimiento de los derechos de los estudiantes, los académicos, así como las responsabilidades de las autoridades.
Contradicciones cíclicas de la autonomía universitaria
El tema de la autonomía de las Instituciones universitarias mexicanas ha sido históricamente complejo y debatible, pues como demanda de estudiantes, académicos e intelectuales desde antes de la fundación de la UNAM en 1910, expresa las contradicciones de la actividad política de tales actores. Sin embargo, habiéndosele otorgado la autonomía a la UNAM, esto significó concesionar a un grupo conservador de la comunidad universitaria los derechos legales de administrar sus recursos, de tomar decisiones académicas y de nombrarse como autoridades, lo cual resultó altamente conflictivo en su exterior, en la relación con el régimen centralizado, autoritario y unipartidista de casi todo el siglo XX; y en su interior, por las ilimitadas aquiescencias que se han autoadscrito las autoridades universitarias.
Aunque estudios aseguran que el monopolio del financiamiento a la universidad por parte los regímenes del siglo XX y XXI no ha implicado ningún control ideológico, pues el aspecto más respetado es la libertad de cátedra, desde las movilizaciones magisteriales sindicalistas de los años 70, pero sobre todo en las estudiantiles de fines de los 80, se problematizó la concepción de la formación académica profesionalizante, ideológicamente neutra, descontextualizada de la sociedad en que tiene cabida, proponiéndose una formación científica con responsabilidad social; liberadora, que respondiera a las exigencias sociales.
Otro de los aspectos en que se ha coincidido como los más problemáticos de la llamada autonomía, son los procedimientos para nombrar a las autoridades universitarias, que aunque limitados y “probablemente” sujetos a intervenciones externas, “tenían en la UNAM más fundamentos universitarios que en la mayoría de las universidades estadounidenses o latinoamericanas”, pero esto solo ocurrió hasta los años 80, cuando paradójicamente, mientras la UNAM cuantitativamente masificaba su matrícula y alcances culturalistas, sus espacios decisorios se acotaban y concentraban; A la par, por decisión gubernamental del régimen de partido único y la sumisión de autoridades de la UNAM, la contracción del número y calidad de plazas académicas generó una situación cada vez más extendida de inestabilidad y precariedad laboral en ese sector de la UNAM, afectando también la calidad de la educación superior.
Por estas y otras razones, La Universidad está obligada a respetar, como lo dice la Constitución, los principios referentes a la educación pública, pues se trata de una institución del Estado, creada mediante una ley del Congreso, y está claro también que debe respetar -como todo ciudadano, autoridad y corporación pública- las disposiciones constitucionales y legales. La autonomía no puede ser, tal como lo instrumenta la UNAM, una especie de extraterritorialidad o de soberanía sustraída del orden jurídico de la República.
México se encuentra en una transición a la democracia representativa plena, como forma de gobierno, lo cual no se ve reflejado en la Universidad, donde no se puede hablar de un ejercicio pleno de las libertades que la autonomía le otorga, principalmente las del ejercicio democrático y racional de la autogobernanza, la de cátedra; de ingreso y promoción del personal docente; así como en la elaboración de planes y programas de estudios; pero dicha autonomía ha sido utilizada para concentrar la toma de decisiones en el Rector y los Directores. Los órganos de participación no son instancias de representación de la comunidad; al contrario, se presentan como espacios de consulta a la política implementada por el Rector en turno, y salvo excepciones, porque las hay, plena simulación. No se permite participar en dichos consejos a la comunidad universitaria en su conjunto, o cuando se permite, esto ocurre solo si quienes participan cumplen requisitos excluyentes. Este hecho, aleja a la universidad de la problemática social, manteniendo vivo el esquema de monopolio del poder, herencia de la cultura política mexicana del autoritarismo de Estado.
Por ello es urgente instrumentar en ella mecanismos de participación como los de la democracia representativa, pero también participativa, sobre todo en las dependencias de la UNAM donde los estudiantes, por el nivel de sus estudios, no alcancen la mayoría de edad requerida para constitucionalmente obtener ciudadanía plena. Ello, porque las herramientas de la democracia participativa, que fomentan la implicación directa de la comunidad universitaria en las decisiones políticas, más allá de la elección periódica de consejeros y demás autoridades a través del voto representativo, enfatiza y promueve la participación en el debate, la deliberación y decisión sobre asuntos de interés que le conciernen, invitando a involucrarse activamente en la formulación de políticas, planificación y toma de decisiones.
Se realiza a través de mecanismos que faciliten dicha participación con la instrumentación de asambleas, consultas, referéndums, revocaciones de mandato y hasta elaboración de presupuestos participativos, a fin de empoderar a las comunidades proporcionándoles la información, los recursos y las oportunidades necesarias para participar de manera efectiva y con conocimiento de causa, a fin también de transparentar al máximo procesos y decisiones; facilitando así la rendición de cuentas de los representantes y las instituciones ante las comunidades, en este caso, la universitaria.
Se mejorará entonces la legitimidad de las decisiones, al involucrar a los universitarios directamente, pues reflejará la voluntad de la comunidad, aumentando su sentido de pertenencia y responsabilidad, formando y preparando a estudiantes, pero también a académicos más informados y comprometidos, potenciando la innovación y las soluciones creativas no solo de las necesidades de la UNAM, sino la urgente solución de los problemas nacionales.
Imposibilidad democrática en la antidemocracia
En la percepción pública se ha querido mantener la visión de que la UNAM es un referente y protagonista del proceso de democratización del sistema político mexicano, cuando ella misma adolece en su organización administrativa y conformación sectorial, de cualquier viso de democracia.
Sí constituye un espacio para la discusión de ideas y ha sido centro de debate de defensa de derechos y libertades, pero no para todos los que la conforman, por lo cual su acotada diversidad ha querido guiar a través de la movilización estudiantil y parte de sus actividades académicas, la orientación del sentir de las mayorías poblacionales al tratar de explicar la realidad sociopolítica económica y cultural; científicamente, pero tal actividad cada vez contribuye menos a proponer alternativas de solución a las diversas problemáticas que ocurren en nuestra nación, debido precisamente a su vetusta estructura organizacional completamente antidemocrática y conservadora.
Si bien han ocurrido aportaciones de las y los universitarios al desarrollo del país desde todos los campos profesionales, estos aportes no han contribuido de forma decisiva a la sólida conciencia social, de participación política que se proyecte sobre nuestra realidad histórica, o como se aduce, tal actividad se acota cada vez más en medio de cuantitativa y cualitativamente mayores disputas entre y desde los sectores que la componen, pues es un hecho que la UNAM no puede seguir funcionando bajo regulaciones autoritarias sin que se produzcan conflictos internos.
Esta visión es ampliamente compartida por sectores progresistas, quienes afirman que mientras la nación, con la alternancia y nuevas formas de representación política aspira a una vida más democrática, en la UNAM no solo no han existido cambios internos, “sino una regresión” que se profundiza con la misma existencia de un grupúsculo autócrata de personas que la dirigen, empezando con la llamada Junta de Gobierno, que debió ser provisional, mientras se solucionaban las disputas del Consejo Universitario que le dieron cabida hace 80 años, cuando se instituyó al generarse la Ley Orgánica de la UNAM que actualmente pervive.
Las leyes sólo se justifican en la medida en que resultan pertinentes en el ámbito de su aplicación; por eso cuando las condiciones del entorno varían, es necesario que la norma sea modificada con el fin de evitar su inaplicación; eso sería razón suficiente para modificar la Ley Orgánica de la UNAM, que después de 80 años de existencia no ha sufrido modificación alguna; no obstante, la Universidad ha cambiado en casi todos sus aspectos, así como la sociedad y el entorno político en medio de las alternancias de regímenes partidarios.
*Académica UNAM, investigadora SNI, SG Colegiada SITTAUNAM
Referencias:
-Contreras Castillo, Armando, Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la ley orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México en materia de elección democrática de su rectoría. Iniciativa de Ley, 9 de marzo de 2023, Cámara de Diputados, LXV Legislatura, p. 7.
-Gaceta UNAM, suplemento 15, julio 29, 2019, “1945, nueva ley orgánica, en: https://www.gaceta.unam.mx/1945-nueva-ley-organica/
-González Ruiz, José Enrique “Elitismo Frente a la Democracia en la Educación Superior”, p. 73: efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://cdigital.uv.mx/bitstream/handle/123456789/10183/margen5-11.pdf?sequence=2&isAllowed=y, y exposición en Foro Democracia, Autonomía y Corrupción, enero-febrero 2024, Cámara de Diputados.
-Gómez, Pablo, Propuesta de modificación de ley orgánica de la UNAM, Gaceta Parlamentaria. Palacio Legislativo de San Lázaro, a siete de julio de mil novecientos noventa y nueve.
-Jauregui, Miguel Ángel, Propuesta de modificación Ley Orgánica UNAM, Gaceta Parlamentaria, año XXIII, número 5460-V martes 8 de febrero de 2020.
-Levy, Daniel C., University and government in México: Autonomy in authoritarian system, Nueva York, Praeger, 1980.
-Ordorika, Imanol, La disputa por el campus. Poder, política y autonomía en la UNAM, México, UNAM, Centro de Estudios sobre la Universidad/Plaza y Valdés, 2006.
-Ordorika, Imanol, La autonomía Universitaria, en; https://www.researchgate.net/publication/375564818_La_autonomia_universitaria