Balbina Flores Martínez*
La controvertida “Ley Serrano” que sanciona “el uso indebido de la inteligencia artificial”, podría ser derogada, adelantó el gobernador de San Luis Potosí, Ricardo Gallardo Cardona.
A mediados de junio, al participar en el Primer Encuentro Estatal por la Innovación, Derechos Humanos e inteligencia Artificial, Gallardo Cardona, informó que había solicitado a la Mesa directiva del congreso potosino derogar aquella ley.
La derogación de esa legislación permitiría eliminar los cargos en contra de dos periodistas de San Luis Potosí, quienes fueron recluidas durante 15 días en el penal de “Las Pilas” en San Luis Potosí el mayo pasado, acusadas de violar los artículos 187 Ter, 272 Bis y 272 Ter de aquella legislación. Otros periodistas del estado habían sido requeridos por el mismo tema por la Fiscalía estatal.
Esos artículos imponen penas de dos a seis años de prisión y pago de multas a quien, “sin consentimiento, utilice sistemas de inteligencia artificial para crear, reproducir, modificar o difundir contenidos que simulen la apariencia, la voz o la identidad de una persona real”; realice la “difusión dolosa de desinformación generada mediante inteligencia artificial”; y efectúe “manipulación institucional mediante inteligencia artificial”.
El 21 de mayo pasado las periodistas Eréndira Reyes Aguillón directora de la red social Facebook “San Wicho Times” y Alejandra Hermosillo, comunicadora y funcionaría pública fueron detenidas por agentes de la Fiscalía estatal y recluidas.
También, se detuvo a Christian Herrera, del portal Código Rojo, editado en Ciudad Valles, y se giró una orden de aprehensión en contra de Anahí Torrez González, titular de varios medios de comunicación en esa entidad, y de Juan Pablo Moreno y su hijo de La Noticia San Luis, entre otros.
Las organizaciones defensoras de la libertad de prensa Article19, RSF y CPJ, documentaron y se pronunciaron públicamente en contra de aquel acoso judicial.
El 22 de mayo, Eréndira Reyes y Alejandra Hermosillo fueron detenidas y presentadas ante el juez de Oralidad Penal, Francisco Pablo Alvarado Silva, quien les dictó prisión preventiva oficiosa, y luego recluidas en el penal de “Las Pilas”, en San Luis Potosí, donde permanecieron durante 15 días bajo arresto, quedando en libertad condicional el 5 de junio para seguir su proceso en libertad condicionada.
La Ley conocida como “Ley IA” o “Ley Serrano” propuesta por el diputado local del PVEM, Héctor Serrano Cortés entró en vigor a finales de 2025 en San Luis Potosí, al reformar el Código Penal del estado, donde se incorporaron tres tipos penales con la denominación genérica de “uso indebido de inteligencia artificial para provocar alarma social”.
El artículo 187 Ter sanciona con uno a tres años de prisión y multa de cien a trescientas veces la Unidad de Medida y Actualización vigente en el estado, “a quien, sin consentimiento, utilice sistemas de inteligencia artificial para crear, reproducir, modificar o difundir contenidos que simulen la apariencia, la voz o la identidad de una persona real, además de considerar que “la pena se aumentará hasta en una mitad cuando el contenido sea difundido, comercializado o empleado con fines de lucro o de causar daño al honor, a la reputación o a la vida privada de la persona”.
El artículo 272 BIS sanciona con penas de dos a cinco años de prisión a quien “de manera dolosa y con el propósito directo de generar alarma pública o alterar la paz social, fabrique, modifique o difunda, mediante el uso de sistemas de inteligencia artificial, contenidos falsos o manipulados que se presenten como reales, y que sean idóneos para producir un riesgo verificable a la paz pública o a la seguridad de las personas”.
El artículo 272 TER sanciona de tres a seis años de prisión y multa de trescientas a seiscientas veces la Unidad de Medida y Actualización vigente en el Estado, a la persona que “a sabiendas de su falsedad y con la finalidad directa de alterar la confianza pública en las instituciones o poner en riesgo verificable la seguridad del Estado, genere, modifique o difunda, mediante sistemas de inteligencia artificial, contenidos digitales que simulen de manera verosímil declaraciones, comunicados o actuaciones de autoridades, instituciones públicas o cuerpos de seguridad”.
Pero esta reforma desde un inicio fue cuestionada por organizaciones de la sociedad civil y periodistas. En diciembre pasado, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, interpuso ante la Suprema Corte la controversia 132/2025 contra la “Ley Serrano” por considerar que las disposiciones en los artículos 187 Ter, 272 Bis y 272 Ter “atentan contra el derecho a la Seguridad Jurídica, a la libertad de expresión, principio de legalidad en su vertiente de taxatividad y principio de última ratio”.
Para la CNDH esos artículos contienen “un tipo penal de peligro” porque son “imprecisos, transgreden la seguridad jurídica y principios de legalidad” y criminaliza quienes hacen uso de esta tecnología”.
Para Art19 esos tipos penales “arrojaban un margen de discrecionalidad muy amplio, debido a que no existía un solo criterio objetivo dentro de las normas que permitiera trazar la frontera entre la crítica legítima a las autoridades -protegida de forma contundente por la Constitución mexicana y por todos los tratados internacionales que nuestro país ha suscrito-, y la conducta que los tipos penales calificaban como punibles. A partir de entonces, bajo fórmulas vagas e indeterminadas, la autoridad puede perseguir expresiones críticas o materiales de interés público”.
“Ley Serrano”, afrenta a la libertad de expresión. Estos castigos se imponen por el simple acto de expresar opiniones críticas a la autoridad local. La vigencia de estos tipos penales sirve de fundamento a la autoridad ministerial y/o judicial para ejercer discreción e introducir sus valoraciones personales. Esto atenta contra el principal mecanismo de control democrático que tienen los ciudadanos sobre sus autoridades.
A medio año de la controversia interpuesta ante la Suprema Corte, es urgente que resuelva el tema, y la Fiscalía del Estado de San Luis, se abstenga de realizar detenciones en nombre de esa reforma penal, que a todas luces contraviene el derecho fundamental, la libertad de expresión.
*Corresponsal en México de Reporteros Sin Fronteras





