Gerardo Israel Montes
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Posiot es un destacado jurista mexicano que se desempeñó como juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH), con sede en San José, Costa Rica y, posteriormente, fungió como presidente de este tribunal, del 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2019, convirtiéndose en el tercer mexicano en ocupar dicho cargo; antes que él, presidieron esta Corte los abogados Héctor Fix-Zamudio (1990-1993) y Sergio García Ramírez (2004-2007).
Experto en el análisis y estudio en torno al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, además de ser especialista en materia de derechos fundamentales y en lo relativo a la figura del amparo, Mac-Gregor Posiot es licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Baja California (UABC), Doctor en Derecho por la Universidad de Navarra, España; además de contar con estudios de especialización en derechos humanos y con diplomas en temas sociales y en Derecho Constitucional.
El currículum de sus actividades jurisdiccionales y académicas es muy amplio, destacando el compromiso que dice tener con la justicia, el respeto a los derechos humanos y con la ética judicial. Por eso sorprende que un personaje de su trayectoria cometa un acto de probable corrupción, ya que ha estado cobrando como investigador en el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), pero sin haber asistido de forma presencial durante seis años.
De acuerdo con una solicitud de transparencia, Eduardo Ferrer no cuenta con alguna comisión académica que justifique su ausencia física en las instalaciones de la máxima casa de estudios en donde desempeña sus labores académicas, violando con ello la normatividad universitaria, pero también cometiendo un acto de deshonestidad profesional.

Amplia trayectoria
Por mencionar algunos de sus numerosos cargos, Mac-Gregor Posiot fue miembro del Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (2012-2013). En la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha ejercido diversos cargos, desde secretario de Estudio de Cuenta y presidente del Colegio de Secretarios de Estudio y Cuenta. Además, fue Secretario Ejecutivo de los trabajos de redacción del Código de Ética del Poder Judicial de la Federación, aprobado en 2004 por los plenos de la SCJN, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y del Consejo de la Judicatura Federal.
Experto en el análisis y estudio en torno al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, y especialista tanto en materia de derechos fundamentales como en lo relativo a la figura del amparo, Mac-Gregor Posiot es licenciado en Derecho por la UABC, Doctor en Derecho por la Universidad de Navarra, España; y cuenta con estudios de especialización en derechos humanos y con diplomas en temas sociales y en Derecho Constitucional.
Asimismo, ha sido profesor titular en las Maestrías “Derecho Constitucional y Derechos Humanos” y “Derecho Procesal Constitucional”; así como en las Especialidades “Derecho de Amparo” e “Interpretación y Argumentación Jurídica” en el Posgrado de la Universidad Panamericana de la Ciudad de México; y profesor visitante en universidades y centros de investigación de Europa, Estados Unidos y América Latina.
También es investigador Nivel III del Sistema Nacional de Investigadores (SNI), del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) e investigador titular “C” de tiempo completo en el IIJ de la UNAM, con el nivel PRIDE:D, adscrito a las áreas de “Derecho Constitucional”, “Derecho Procesal” y “Derecho Internacional”.
Percibe un salario sin asistir al IIJ
De acuerdo con una investigación de este reportero, el investigador titular “C” percibe un sueldo integrado neto superior a 40 mil pesos mensuales, más una compensación de cerca de 50 mil pesos adicionales por contar con el máximo nivel del Programa de Primas al Desempeño del Personal Académico (PRIDE:D), reservado a quienes realizan labores excepcionales. La paradoja es que no ha impartido clases, no cumple labores de tutoría y lleva más de seis años sin asistir regularmente al IIJ, así lo corroboró su propia secretaria, a quien se le planeó el interés de entrevistar al académico para hablar acerca del tema, y quien confirmó que el investigador tiene tiempo de no acudir a su cubículo y es complicado contactarlo, ya que en ocasiones no contesta los mensajes de texto que se le envían.
Cabe destacar que el expresidente de la Corte Interamericana no cuenta con alguna comisión académica que justifique su inasistencia a las instalaciones del Instituto. Así lo demuestra una solicitud de información que un particular hizo a la UNAM, misma que fue remitida al IIJ, en donde se requirieron: “Nombres, apellidos de los académicos de tiempo completo que tienen comisión académica detallando dónde, porque (sic), cuál fue el propósito y si reciben, además, un sobresueldo, estímulo, viáticos o cualquier otra cantidad de dinero en especie. Se solicitan los oficios de comisión y entregables derivados de esta comisión”.
En la respuesta a la solicitud de información 330031924002048, el Enlace de Transparencia del IIJ de la UNAM -con base en la información proporcionada por su Departamento de Personal y la Secretaría Académica-, informó que tras “una búsqueda exhaustiva en sus archivos y bases de datos”, ubicó varios registros de comisiones en términos de lo establecido en los artículos 56 c y 95 b del Estatuto del Personal Académico (EPA), que reglamenta las actividades de los investigadores, en los que no aparece que Mac-Gregor Posiot tenga una comisión asignada, ya sea por estar realizando estudios o investigaciones en instituciones nacionales o extranjeras, o por algún encargo directo de las autoridades de la dependencia o de la Rectoría de la UNAM.
En los registros de comisiones asignadas a investigadoras e investigadores entregados por el IIJ al solicitante, aparecen, entre otros, los nombres de Alfredo Sánchez Castañeda, quien desde el 16 de abril de 2024 realiza actividades en el Programa Universitario de Derechos Humanos; Issa Luna Pla, quien estuvo comisionada al Center for Mexico and Central America de Columbia University, en la ciudad de Nueva York, del 1 de septiembre de 2023 al 31 de agosto de 2024; y Francisco Tortolero Cervantes, quien fue autorizado a desarrollar actividades académicas en Francia, Estados Unidos y México en el periodo del 1 de enero de 2024 al 30 de junio del mismo año.
Cabe destacar que, sin contar con alguna comisión académica, Ferrer Mac-Gregor actualmente es docente en la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid, mientras que en México funge como director honorífico del Centro de Estudios en Actualización en Derecho (CEAD), que se ubica en la ciudad de Querétaro, institución que lanzó la convocatoria a la Maestría en Derecho Procesal Constitucional y al Doctorado en Derecho, que es promocionada en redes sociales por el propio Eduardo Ferrer.

Mac-Gregor Posiot violenta normatividad universitaria
El Estatuto del Personal Académico de la UNAM establece con toda claridad las obligaciones de los investigadores de tiempo completo. Entre ellas se encuentra la de impartir al menos una clase semestral y desempeñar labores de tutoría (artículo 61, inciso a, numeral 1).
Asimismo, este ordenamiento regula las modalidades de comisiones y licencias. El artículo 95 prevé que los directores de las dependencias pueden otorgar, con la aprobación del consejo técnico, comisiones para realizar estudios o investigaciones en instituciones nacionales o extranjeras, siempre y cuando estas contribuyan al desarrollo de la docencia o la investigación.
Dichas comisiones no pueden exceder de dos años, con posibilidad de prórroga excepcional por un año más. Es decir, el máximo legal es de tres años. En el caso del expresidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como se ha mencionado, no existe constancia oficial de que el IIJ de la UNAM haya autorizado una comisión en forma debida y, aunque lo hubiese hecho, ésta ya habría vencido hace tiempo.
El artículo 97 del Estatuto contempla un máximo de ocho años de licencia sin goce de sueldo únicamente si el académico ha sido nombrado rector de una universidad mexicana. Tampoco es el caso del Doctor Ferrer, quien presta actualmente sus servicios en la Universidad Complutense de Madrid, lo que excluye cualquier posibilidad de encuadrar su situación en esta excepción normativa.
La conducta descrita viola directamente el artículo 108 del Estatuto, el cual establece como causa de sanción tanto el incumplimiento de obligaciones como la deficiencia comprobada en labores docentes o de investigación. La sanción prevista es la destitución inmediata del cargo, medida que las autoridades universitarias inexplicablemente no han aplicado.
La irregularidad se agrava al comprobar que el Doctor Ferrer también percibe más de 45 mil pesos mensuales adicionales como investigador nacional Nivel III del SNI, hoy a cargo de la Secretaría de Ciencias, Humanidades, Tecnología e Innovación. Dicho estímulo se otorga con base en informes que deben reflejar actividades académicas comprobables en beneficio de la ciencia, las humanidades y la sociedad mexicana. Sin embargo, en este caso se ha convertido en un mecanismo para financiar, con recursos públicos, la residencia y el trabajo privado del académico en Madrid.
Expertos consultados coinciden en que esta situación vulnera además la Ley Federal de Austeridad Republicana, al permitir remuneraciones netas superiores a las del titular del Poder Ejecutivo, lo que a su vez está prohibido expresamente por el artículo 127 constitucional. De igual forma, al incumplir lo señalado por el artículo 8, fracción XIII de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, implica una sanción de destitución e inhabilitación para volver a ocupar cargos, empleos o trabajos en la Administración Pública Federal.
Cabe señalar que esta ley aplica a los investigadores de tiempo completo de la UNAM conforme lo dispone el artículo 108 de la Constitución. Resulta inverosímil que durante más de seis años la UNAM y las instancias federales responsables no hayan detectado o, peor aún, hayan tolerado estas violaciones flagrantes.
El caso revela no sólo un uso indebido de recursos públicos, sino un patrón de encubrimiento institucional que erosiona la credibilidad de la Universidad y pone en entredicho la integridad de un expresidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, quien debería ser ejemplo de probidad y honestidad intelectual y personal.





